ANÁLISIS DE LA LEY QUE CREA LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
LEY DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Y SUS MODIFICACIONES
Con esta asignación académica los estudiantes realizarán un análisis de la Ley N° 7 de de 5 de febrero de 1997 en su texto original, así como también analizarán las formas en que fue afectada por los 2 fallos de inconstitucionalidad que han sido emitidas por la Corte Suprema de Justicia, por la reforma constitucional de 2004 y las reformas por la Ley N° 41 de 2005 y la Ley N° 55 de 2009.
La exposición oral versará sobre las atribuciones del Defensor del Pueblo, la forma de nombrarlo y el presupuesto de la Defensoría del Pueblo.
Para la consecución de los datos se puede emplear la página web de la Procuraduría de la Administración en la sección INFOJURÍDICA haciendo hipervínculo con AVANZADA.
También pueden usar el sistema de búsqueda en la página web de la Asamblea Nacional de Panamá en la sección LEGISPAN.
DATOS PARA BÚSQUEDA
TEXTO ORIGINAL
LEY Nº 7
de 5 de febrero de 1997 Por la cual se crea la Defensoría del Pueblo
Gaceta
Oficial Nº: 23221 Fecha de la Gaceta: 06/02/1997
MODIFICACIONES
LEY N° 55
de 2 de octubre de 2009.
Gaceta
Oficial Digital N° 26382-C Fecha de la
Gaceta 6/10/2009
MODIFICADO
PARCIALMENTE POR El artículo 45 de esta
ley fue modificado por la ley 55 de 2 de octubre de 2009.
LEY N° 41
de 1 diciembre de 2005.
Gaceta
Oficial Digital N° 25438 Fecha de la Gaceta 05/12/2005
MODIFICADO,
ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR La
presente Ley fue adicionada con el numeral 3 en el Artículo 4 y con los
Artículos 11-A y 11-B; modificada en el primer párrafo del Artículo 6, los
Artículos 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 18, 19, 41, 45, 47, y la denominación del
Título VII; y derogada en el Artículo 48, por la Ley número 41 de 1 de
diciembre de 2005.
FALLO S/N 09/08/2000
Gaceta
Oficial N° 24177 Fecha de Gaceta 08/11/2000
DECLARADO
PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR La
frase "... el cual no podrá ser inferior al del año anterior...",
contenida en el Artículo 45 de esta Ley, fue declarada inconstitucional
mediante el fallo de 9 de agosto de 2000.
FALLO S/N 12/02/1998
Gaceta
Oficial N° 23643 Fecha de Gaceta 02/10/1998
DECLARADO
PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 12 de febrero de 1998, declara
que son inconstitucionales el numeral 3 del Artículo 4, las frases "la
inmunidad" y "serán ininterrumpidas" del artículo 12, la frase
"de la Asamblea Legislativa" del párrafo primero y todo el párrafo
segundo, ambos del artículo 15 y el artículo 23, de la Ley 7 de 5 de febrero de
1997.
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